Las 70 mil viviendas y una Sociedad Hipotecaria Federal

En octubre de 2001 se crea por decreto del Congreso de la Unión la Sociedad Hipotecaria Federal.

En su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial del 11 de octubre de 2001, se establece que esta entidad financiera tiene por objeto impulsar el desarrollo de los mercados primario y secundario del crédito a la vivienda mediante el otorgamiento de garantías a la construcción, adquisición y mejora de la misma.

Por otra parte, también podrá otorgar garantías a los financiamientos relacionados con el equipamiento urbano de conjuntos habitacionales.

La Sociedad operará con intermediarios financieros tales como Bancos y Sociedades Financieras de Objeto Limitado entre los principales.

La Sociedad hipotecaria Federal, una institución de la Banca de Desarrollo, financiará la construcción de 70 mil viviendas en 2002, abrirá nuevos sistemas de fondeo, apoyará el capital de trabajo de promotores y emprenderá acciones para implementar el mercado secundario

La Dirección General de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, está a cargo del licenciado Manuel Zepeda Payeras.
De trascendental importancia es la creación de esta sociedad de crédito, que mejorará el funcionamiento financiero del mercado de vivienda. Las principales funciones y actividades para cumplir su objeto económico y social son las siguientes:
  • Aceptar préstamos y créditos
  • Emitir bonos bancarios
  • Constituir depósitos en instituciones de crédito en el extranjero.
  • Operar con valores y divisas
  • Garantizar valores relacionados con financiamientos a la vivienda emitidos por intermediarios financieros e invertir en estos valores.
  • Garantizar créditos emitidos por intermediarios financieros.
  • Promover esquemas para constituir pagos iniciales o enganches para la adquisición de vivienda.
  • Realizar avalúos.
  • Practicar operaciones de fideicomiso.
  • Actuar como representante común de tenedores de títulos de crédito representativos de financiamientos a la vivienda.

Adicionalmente, el Diario Oficial publicó el 9 de abril pasado el Reglamento Orgánico de esta entidad financiera; en él se establecen las bases conforme a las cuales se regirá tanto su organización como su funcionamiento.


Compromisos son compromisos
El Plan Sectorial de Vivienda contiene en su programa el compromiso de otorgar 475 mil créditos destinados a la adquisición de vivienda para el año 2002, lo que representa satisfacer la necesidad habitacional de cerca de 2 millones 375 mil mexicanos; la Sociedad Hipotecaria Federal participará financiando la adquisición de 70 mil viviendas con una inversión de 30 mil 654 millones de pesos.
Por otra parte, se generarán cinco empleos directos por cada vivienda y tres empleos indirectos, debido a la repercusión en más de 40 ramas de la economía por demanda de bienes y servicios. También se producirá una importante reactivación financiera y bancaria del crédito y la posible bursatilización de la cartera hipotecaria, en donde definitivamente tendrá una participación destacada para su implementación la Sociedad Hipotecaria Federal.

Reglas de operación de subsidios
Debido a que las condiciones del mercado de la vivienda no facilitan el acceso de familias de bajos ingresos a créditos hipotecarios, se han elaborado programas de subsidios directos desde años recientes con el objeto de resolver esta situación.
La Sociedad Hipotecaria Federal emitiólas Reglas de Operación de Otorgamiento de Subsidios en los créditos que otorga para la adquisición de vivienda, las que fueron publicadas el 15 de marzo pasado. En este sentido, operará el Programa de Apoyos y Subsidios a la vivienda que venía llevando a cabo el Fovi.
El programa abarca la edificación e individualización de 112 mil 648 viviendas destinadas a familias con ingresos de hasta cinco veces el salario m’nimo mensual del D. F. La cobertura es nacional y las entidades federativas deberán comprometerse a apoyar el Programa exentando costos de tramitología y el pago de impuestos por adquisición y de Registro Público de la Propiedad.
Es necesario que los estados hayan adecuado su Código Civil para permitir la implementación del Programa, y la bursatilización. El tipo de subsidio es directo para las familias de menores ingresos; será de 16 mil UDI's para un valor de vivienda que no exceda de 45 mil UDI's, y se podrá utilizar en programas de cofinanciamiento, con la condición de no exceder el límite.
Los recursos que destinará la Sociedad Hipotecaria para subsidios del Programa Prosavi serán de 649 millones 270 mil pesos, los cuales provendrán de recursos fiscales.
Las reglas de operación señalan a los intermediarios financieros como las instancias ejecutoras representadas por Bancos y Sofoles para otorgar y administrar créditos y los promotores del sector privado para el desarrollo y promoción de la vivienda de interés social. A su vez, los créditos y subsidios tendrán, entre otras, las siguientes condiciones financieras (se resaltan las más significativas que no han sido mencionadas):

  • Valor de la vivienda: nunca excederá de 45,000 UDI´s.
  • Pagos mensuales, que inicialmente representarán no más de 25% del ingreso mensual del acreditado.
  • Tasa de fondeo: la de la SHF más su intermediación, para cubrir su requisito de capital y gastos operativos.
  • Comisión por la garantía de incumplimiento de la SHF: el margen necesario para cubrir el riesgo de incumplimiento.
  • Seguro de vida y daños.
  • Margen libre para la intermediación del banco o sofol.
  • Comisión por la cobertura contra la caída del salario real.
  • Plazo de 300 mensualidades.
  • Enganche mínimo de 2,500 UDI´s.
  • Monto del crédito: no será superior a 90% del valor de la vivienda, incluyendo los gastos de escrituración, que podrán ser de hasta 5.4% del valor de la misma.
  • El crédito lo otorgará la SHF a los intermediarios, y éstos a los acreditados finales.
  • Otorgamiento del subsidio a cambio de la aportación del enganche (2,500 UDI´s), así como de la obtención del crédito.
  • Asignacion de los créditos individuales por parte de los intermediarios de acuerdo con sus políticas, las que podrá revisar la SHF por sí o por terceros y deberán ajustarse a lineamientos mínimos establecidos por la SHF.
  • Otorgamiento del subsidio una sola vez al acreditado.
  • Posibilidad de otorgar créditos a los promotores que edifiquen viviendas del Prosavi para la construcción de las mismas, con las políticas y condiciones de los demás programas de la SHF.

Condiciones generales de financiamiento
Finalmente, cabe mencionar que la Sociedad Hipotecaria Federal ha emitido las Condiciones Generales de Financiamiento, que están vigentes desde el 9 de abril. Su consulta es recomendable, porque establecen lineamientos para los créditos de mediano y largo plazo para individuos que adquieran vivienda o para inversionistas; para créditos de mediano plazo para promotores y para garantías y asignación de créditos; prácticamente establecen todo un proceso explícito y fácil de comprender.

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E-Mail: jesusislas@prodigy.net.mx
(*) Consultor en Infraestructura
y Vivienda

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