En
octubre de 2001 se crea por decreto del Congreso de la Unión la
Sociedad Hipotecaria Federal.
En
su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial del 11 de octubre
de 2001, se establece que esta entidad financiera tiene por objeto impulsar
el desarrollo de los mercados primario y secundario del crédito
a la vivienda mediante el otorgamiento de garantías a la construcción,
adquisición y mejora de la misma.
Por
otra parte, también podrá otorgar garantías a los
financiamientos relacionados con el equipamiento urbano de conjuntos habitacionales.
La Sociedad operará con intermediarios financieros tales como Bancos
y Sociedades Financieras de Objeto Limitado entre los principales.
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La
Sociedad hipotecaria Federal, una institución de la Banca de Desarrollo,
financiará la construcción de 70 mil viviendas en 2002,
abrirá nuevos sistemas de fondeo, apoyará el capital de
trabajo de promotores y emprenderá acciones para implementar el
mercado secundario
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La
Dirección General de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional
de Crédito, está a cargo del licenciado Manuel Zepeda Payeras.
De trascendental importancia es la creación de esta sociedad de
crédito, que mejorará el funcionamiento financiero del mercado
de vivienda. Las principales funciones y actividades para cumplir su objeto
económico y social son las siguientes:
- Aceptar préstamos
y créditos
- Emitir bonos
bancarios
- Constituir depósitos
en instituciones de crédito en el extranjero.
- Operar con valores
y divisas
- Garantizar valores
relacionados con financiamientos a la vivienda emitidos por intermediarios
financieros e invertir en estos valores.
- Garantizar créditos
emitidos por intermediarios financieros.
- Promover esquemas
para constituir pagos iniciales o enganches para la adquisición
de vivienda.
- Realizar avalúos.
- Practicar operaciones
de fideicomiso.
- Actuar como
representante común de tenedores de títulos de crédito
representativos de financiamientos a la vivienda.
Adicionalmente,
el Diario Oficial publicó el 9 de abril pasado el Reglamento Orgánico
de esta entidad financiera; en él se establecen las bases conforme
a las cuales se regirá tanto su organización como su funcionamiento.
Compromisos son compromisos
El Plan Sectorial de Vivienda contiene en su programa el compromiso de
otorgar 475 mil créditos destinados a la adquisición de
vivienda para el año 2002, lo que representa satisfacer la necesidad
habitacional de cerca de 2 millones 375 mil mexicanos; la Sociedad Hipotecaria
Federal participará financiando la adquisición de 70 mil
viviendas con una inversión de 30 mil 654 millones de pesos.
Por otra parte, se generarán cinco empleos directos por cada vivienda
y tres empleos indirectos, debido a la repercusión en más
de 40 ramas de la economía por demanda de bienes y servicios. También
se producirá una importante reactivación financiera y bancaria
del crédito y la posible bursatilización de la cartera hipotecaria,
en donde definitivamente tendrá una participación destacada
para su implementación la Sociedad Hipotecaria Federal.
Reglas
de operación de subsidios
Debido a que las condiciones del mercado de la vivienda no facilitan el
acceso de familias de bajos ingresos a créditos hipotecarios, se
han elaborado programas de subsidios directos desde años recientes
con el objeto de resolver esta situación.
La Sociedad Hipotecaria Federal emitiólas Reglas de Operación
de Otorgamiento de Subsidios en los créditos que otorga para la
adquisición de vivienda, las que fueron publicadas el 15 de marzo
pasado. En este sentido, operará el Programa de Apoyos y Subsidios
a la vivienda que venía llevando a cabo el Fovi.
El programa abarca la edificación e individualización de
112 mil 648 viviendas destinadas a familias con ingresos de hasta cinco
veces el salario mnimo mensual del D. F. La cobertura es nacional
y las entidades federativas deberán comprometerse a apoyar el Programa
exentando costos de tramitología y el pago de impuestos por adquisición
y de Registro Público de la Propiedad.
Es necesario que los estados hayan adecuado su Código Civil para
permitir la implementación del Programa, y la bursatilización.
El tipo de subsidio es directo para las familias de menores ingresos;
será de 16 mil UDI's para un valor de vivienda que no exceda de
45 mil UDI's, y se podrá utilizar en programas de cofinanciamiento,
con la condición de no exceder el límite.
Los recursos que destinará la Sociedad Hipotecaria para subsidios
del Programa Prosavi serán de 649 millones 270 mil pesos, los cuales
provendrán de recursos fiscales.
Las reglas de operación señalan a los intermediarios financieros
como las instancias ejecutoras representadas por Bancos y Sofoles para
otorgar y administrar créditos y los promotores del sector privado
para el desarrollo y promoción de la vivienda de interés
social. A su vez, los créditos y subsidios tendrán, entre
otras, las siguientes condiciones financieras (se resaltan las más
significativas que no han sido mencionadas):
- Valor de la vivienda:
nunca excederá de 45,000 UDI´s.
- Pagos mensuales,
que inicialmente representarán no más de 25% del ingreso
mensual del acreditado.
- Tasa de fondeo:
la de la SHF más su intermediación, para cubrir su requisito
de capital y gastos operativos.
- Comisión
por la garantía de incumplimiento de la SHF: el margen necesario
para cubrir el riesgo de incumplimiento.
- Seguro de vida
y daños.
- Margen libre
para la intermediación del banco o sofol.
- Comisión
por la cobertura contra la caída del salario real.
- Plazo de 300
mensualidades.
- Enganche mínimo
de 2,500 UDI´s.
- Monto del crédito:
no será superior a 90% del valor de la vivienda, incluyendo
los gastos de escrituración, que podrán ser de hasta
5.4% del valor de la misma.
- El crédito
lo otorgará la SHF a los intermediarios, y éstos a los
acreditados finales.
- Otorgamiento
del subsidio a cambio de la aportación del enganche (2,500
UDI´s), así como de la obtención del crédito.
- Asignacion de
los créditos individuales por parte de los intermediarios de
acuerdo con sus políticas, las que podrá revisar la
SHF por sí o por terceros y deberán ajustarse a lineamientos
mínimos establecidos por la SHF.
- Otorgamiento
del subsidio una sola vez al acreditado.
- Posibilidad
de otorgar créditos a los promotores que edifiquen viviendas
del Prosavi para la construcción de las mismas, con las políticas
y condiciones de los demás programas de la SHF.
Condiciones
generales de financiamiento
Finalmente, cabe mencionar que la Sociedad Hipotecaria Federal ha emitido
las Condiciones Generales de Financiamiento, que están vigentes
desde el 9 de abril. Su consulta es recomendable, porque establecen lineamientos
para los créditos de mediano y largo plazo para individuos que
adquieran vivienda o para inversionistas; para créditos de mediano
plazo para promotores y para garantías y asignación de créditos;
prácticamente establecen todo un proceso explícito y fácil
de comprender.
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E-Mail: jesusislas@prodigy.net.mx
(*) Consultor en Infraestructura
y Vivienda
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